martes, 11 de mayo de 2010

Jose Martinez Carrera Gesico

Servicios que se incluyen en las tarifas Servicio Gestión de Cobros:(descargar presentación Servicios GESICO)
· Gestiones Extrajudiciales
· Gestiones Judiciales
· Informe de Investigación
· Seguimiento de Incobrables
· Ejecución de Sentencias Antiguas
· Reclamación a Promotores
· Responsabilidad del administrador


TARIFAS GESTION DE COBROS

Tarifas vigentes hasta fin de 2010 Servicio Gestión de Cobros:
ANTIGÜEDAD DE LA DEUDA % SOBRE EL IMPORTE RECOBRADO:
INFERIOR A 6 MESES 10%
ENTRE 6 MESES Y 24 MESES 15%
MÁS DE 24 MESES 20%

La antigüedad de la deuda se contabiliza desde la fecha de vencimiento del primer impagado.
Estas tarifas son de idéntica aplicación se recupere el impagado en la fase extrajudicial o en la fase judicial.
Si GESICO no logra recuperar el impagado, el cliente no paga ni un euro.
El cliente no tiene que adelantar gastos ni cuotas por gestión a GESICO.
*En la fase jurídica, si fuera necesario por ley los servicios de un profesional ajeno a GESICO (perito, procurador) sus honorarios correrán por cuenta del cliente.


MÉTODO GESICO GESTIONES FASE EXTRAJUDICIAL:

*Recibidos los datos del siniestro, GESICO inicia la gestión de cobro en 24 horas. Realizamos 15 contactos extrajudiciales con el deudor.
-Requerimientos regularización y comprobación del saldo pendiente.
-Requerimientos pago total o pacto de solución escrito en 48 horas.
-Último requerimiento mediante burofax al domicilio social.
* Resolvemos las no conformidades manifestadas por el deudor en coordinación con el cliente.
* Llevamos a cabo el proceso de negociación y viabilidad de planes de pagos, emisión de nuevos documentos de pago, hipotecas de máximos, cesión de derechos de cobro, etc.
* Si hubiere algún acuerdo, siempre es nuestro cliente quien lo autoriza y GESICO lo elabora por escrito, firmado por el deudor.
* La etapa extrajudicial la finalizamos en 7 días, salvo existan no conformidades manifestadas por el deudor, ampliándose a 15 días. * El resultado se comunica al cliente mediante mail y posteriormente puede consultar su expediente en su OFICINA VIRTUAL.


MÉTODO GESICO: INFORME DE INVESTIGACIÓN

GESICO dispone de un departamento de investigación encargado de realizar un exhaustivo informe sobre el siniestro encomendado:
- Incidencias con organismos oficiales (SS, AEAT, etc.)
- Incidencias jurídicas.
- Localización de bienes muebles e inmuebles de la mercantil.
- Presentación de cuentas, ratios de solvencia, RAI.
- Localización de los administradores de la mercantil.
- Incidencias negativas de solvencia de los administradores.
- Localización de bienes de los administradores.
- Localización de otras sociedades de los administradores, etc.

Este informe es esencial para establecer la negociación en la fase extrajudicial, así como determinante para establecer la viabilidad de una posible reclamación jurídica.

GESICO podrá incluir al deudor en el fichero de morosos ASNEF INDUSTRIAL (propiedad de Equifax Ibérica) al ser partner autorizado.


MÉTODO GESICO GESTIONES FASE JUDICIAL

- Si el informe de investigación sobre la solvencia del deudor es favorable y viable la reclamación jurídica, GESICO solicita al cliente la documentación original justificativa de la deuda.
- Elaboramos el poder para pleitos necesario para la defensa jurídica del cliente (integrando abogado y procurador) y si el cliente lo desea, gestionamos su firma con la notaría que nos indique. El cliente avisa a GESICO en cuanto tenga preparada la documentación y el poder para pleitos, y un agente en 24 horas lo recogerá de forma gratuita.
- El letrado asignado, diseña la estrategia, elabora la demanda y aprox. en 20 días presenta la reclamación jurídica en el Juzgado correspondiente, trasladándose para la celebración de Audiencia Previa, Juicio, y ejecución de la sentencia (gastos incluidos en la tarifa).
- Las novedades jurídicas las comunicamos al cliente vía mail y tiene a su disposición los documentos jurídicos en su OFICINA VIRTUAL.

*En el caso de no aportar el cliente la documentación original y el poder para pleitos necesario para la acción jurídica, GESICO no podrá continuar con la reclamación encomendada por razones ajenas a su gestión, por lo que los gastos ocasionados hasta la fecha correrían por cuenta del cliente.


MÉTODO GESICO SINIESTROS CALIFICADOS COMO INCOBRABLES

Si realizadas las gestiones extrajudiciales y elaborado el informe de investigación, éste no es favorable, GESICO se verá en la obligación de calificar el siniestro como INCOBRABLE JUDICIALMENTE.
Los gastos derivados de estas acciones las asume íntegramente GESICO.
Los siniestros calificados como INCOBRABLES pasan a nuestra base de control y seguimiento. Periódicamente, GESICO analiza de nuevo estos siniestros, y en muchos casos, a lo largo del tiempo, pasa a ser viable una reclamación jurídica, bien porque el administrador de la sociedad adquiere bienes, o la sociedad mejora su situación de solvencia. El plazo que fija la ley de 15 años para poder reclamar una deuda permite que en aquellos casos en los que los morosos profesionales se “relajan” se les pueda reclamar a lo largo de ese periodo de tiempo.
Nuestro sistema de alertas y de investigación continúa la gestión de cobros, si bien, con paciencia, casos que hoy irremediablemente son INCOBRABLES en un futuro pueden ser reclamados con garantías.


MÉTODO GESICO SENTENCIAS ANTIGUAS SIN EJECUCION

En aquellos casos en los que nuestros clientes tienen sentencias antiguas sin haber logrado su ejecución, es decir, sin haber obtenido el cobro, GESICO analiza la viabilidad de su ejecución o la posibilidad de presentar la demanda más conveniente para lograr su cobro -por ejemplo demanda contra el administrador cuando no se ha logrado cobrar de su mercantil teniendo una sentencia favorable contra ella-. En estos casos, realizamos un estudio completo y en 15 días comunicamos al cliente si existen o no posibilidades de cobro sobre su sentencia.

Si GESICO califica el informe de investigación como favorable, insta su ejecución, ya que una vez iniciada ésta no prescribe nunca. Si fuera necesaria una reclamación jurídica, sólo necesitaremos que el cliente firme un poder para pleitos y la sentencia favorable para integrarla en la demanda.

No hay comentarios:

Publicar un comentario