jueves, 14 de marzo de 2013

Intereses de Demora abusivos


Fernández Seijo dice que la sentencia "cambiará las reglas del juego"

El juez que formuló la pregunta al tribunal de la UE dice que permite paralizar un desahucio ya

Jueves, 14 de marzo del 2013 - 13:44h.ImprimirEnviar esta noticiaAumentar/ Reducir texto
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EFE / Barcelona
El juez de Barcelona José María Fernández Seijo ha opinado que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "va a modificar totalmente las reglas del juego" sobre ejecución hipotecaria, ya que abre la puerta a que los jueces puedan paralizar de oficio los desahucios.

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Fernández Seijo, titular del juzgado mercantil número 3 de Barcelona, que cuestionó ante UE la ley hipotecaria española, ha celebrado la sentencia del Tribunal de Luxemburgo que establece que los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son contrarios a la legislación europea de protección de los consumidores.
Según Fernández Seijo, aunque la sentencia no comporta en principio efectos retroactivos, obligará a cambiar un precepto de la Ley española de Enjuiciamiento civil y permitirá a los jueces tutelar de oficio los procesos de ejecución hipotecaria, con lo que podrán detener un desahucio, incluso de oficio, si observan la existencia de cláusulas abusivas.

APLICABLE YA

Más allá de la reforma de la ley, el magistrado alerta de que la sentencia de la UE "está viva", por lo que, desde este viernes mismo, los jueces podrán invocarla para suspender los desahucios que tengan pendientes a la espera de analizar el fondo del asunto, aunque también el Gobierno debería aprovechar, en su opinión, para adaptar los cambios en la materia a la normativa comunitaria.
Para Fernández Seijo, el fallo europeo supone una oportunidad para que los jueces, que en su opinión "tienen muy mala imagen social", puedan "reconciliarse con la sociedad, y que la gente se dé cuenta de que también hacen cosas útiles".

ABUSO EN LOS INTERESES DE DEMORA

El magistrado elevó al Tribunal de Justicia de la UE sus dudas sobre la compatibilidad de la ley hipotecaria española con la normativa europea, a raíz de una demanda contra CatalunyaCaixa que presentó un propietario que había sido desahuciado de su vivienda por impago, alegando que el crédito que firmó con la entidad financiera contenía cláusulas abusivas. En el caso de ese propietario, el juez cree que podrían existir cláusulas abusivas en su hipoteca, por ejemplo un abuso de los intereses de demora: además de perder su vivienda, el banco exige al demandante otros 40.000 euros.
Para Fernández Seijo, la sentencia de la UE obligará de forma automática a cambiar el artículo 698 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que impide al juez detener las ejecuciones hipotecarias en el caso de observar cláusulas abusivas.

sábado, 23 de febrero de 2013

Manuela Carmena Jueza Jubilada


MANUELA CARMENA | JUEZ JUBILADA

“En teoría todos somos iguales ante la ley; en la práctica, no”

Manuela Carmena cree que la justicia está limpia, pero funciona igual que en el siglo XVIII

Después de toda una vida entre togas —primero abogada laboralista y luego juez—, Manuela Carmena (Madrid, 1944) se jubiló en 2010, montó un blog e inventó un juego de mesa sobre el funcionamiento de la Justicia; en él, el concursante-ciudadano va enfrentándose, casilla a casilla, a todos los obstáculos que encuentra en la vida real quien osa meterse en pleitos... desde hace décadas. "Hay muchas similitudes entre un pleito de hoy y uno del siglo XVIII. Demasiadas, insoportables", afirma la juez.
Pregunta. ¿Por qué es eso? ¿Es cierta la sensación de que la justicia es el único servicio público que no se ha modernizado?
Respuesta. En cierto sentido, sí. Hay una gran diferencia entre la justicia histórica y la actual: la Administración de Justicia se limpió de corrupción en la Transición. Tenemos una justicia limpia. Pero es cierto que el funcionamiento es terriblemente igual. Yo creo que la explicación está en que la ciencia del Derecho, lo que se estudia en las facultades, es extraordinariamente arcaica. Está abstraída de la realidad. Los programas de estudio de antes y los de ahora son sensiblemente iguales. Los temas de las oposiciones son los mismos prácticamente. El Derecho vive alejado de la sociedad, y los jueces igual. Y eso lleva a algo sorprendente: el trabajo de la justicia no tiene incidencia en la sociedad, nadie estudia el contenido de las sentencias que dictan los jueces. Con eso los legisladores tendrían que estar trabajando constantemente.

Reforma de la Justicia

La Administración de Justicia es el único poder del Estado que no se democratizó en la Transición. Como prestadores de un servicio público, los jueces deben contar con una mejor y más eficiente organización y con mayores recursos y medios. Debe potenciarse la coordinación de la justicia, en la que ahora intervienen funcionarios pertenecientes hasta a cinco cuerpos distintos que a su vez dependen, según los casos, de la Administración central o de la autónoma. La igualdad de los ciudadanos ante la ley, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a un juicio justo están reducidos muchas veces en la práctica a meras declaraciones, pues el funcionamiento de los tribunales no es nunca rápido ni resulta siempre eficaz, por lo que hay que aumentar significativamente el número de jueces. Hace falta revisar las normas procesales para que, manteniendo las garantías básicas, puedan agilizarse los juicios y sea adecuadamente protegida la presunción de inocencia ante la llamada “pena de telediario”. El Gobierno debe renunciar a su actual política sobre tasas judiciales.
P. ¿El principio de celeridad en la justicia es uno de esos conceptos retóricos de la Constitución?
R. Los plazos judiciales son abstractos y no están relacionados con el volumen de trabajo de cada juez. Los plazos legales han perdido autoridad.
P. ¿Cuál es la causa de esa lentitud, el exceso de litigiosidad o la falta de medios?
R. Faltan medios, pero el problema esencial no es ese sino que hay un desconocimiento brutal de cómo gestionar la justicia. Nadie se encarga de mejorar la gestión. Se sigue haciendo exactamente igual que hace dos siglos. Se hacen una cantidad de prácticas absolutamente absurdas...
P. ¿Burocráticas?
R. Burocráticas, innecesarias. Sin ningún sentido. Hay figuras absurdas, por ejemplo que el ciudadano no pueda comparecer por sí mismo en los tribunales, que tenga que hacerlo forzosamente a través de un procurador. Es un rito.
P. ¿Debería desaparecer la figura del procurador? ¿Sobra?
R. Como algo obligatorio, totalmente. No solo es que sobra es que es ofensivo para el ciudadano. Que una persona te sustituya físicamente para entregar un papel... pero ¿por qué? Y todo el mecanismo es absolutamente burocrático, con papel, papel, papel...
P. Entonces ¿con los medios actuales se podría hacer mejor?
R. Sin lugar a dudas. Aunque yo creo que jueces sí que faltan, y más ahora con el ERE que ha sufrido la justicia casi sin darse cuenta. Han eliminado a casi 1.000 jueces suplentes. Eso va a ser un desastre...
P. ¿Los titulares no pueden asumir esa sobrecarga de trabajo?
R. No, es imposible. Antes la justicia iba como iba, imagine cómo va a ir con mil jueces menos. Hacen falta más jueces. Y habría que poner un asistente personal a cada juez para que haga las tareas administrativas.
P. Hay juzgados que están hasta arriba, pero otros tienen una carga de trabajo inferior a la que marca el Consejo General del Poder Judicial.
R. Como decía antes, lo fundamental, la asignatura pendiente es gestionar mejor los procesos. Los juzgados que gestionan bien consiguen, con los mismos medios, mucho mejor resultado. Y no se atascan. Pero no se estudia la gestión en la universidad, no hay gestores en la justicia como lo hay por ejemplo en la sanidad pública. Y vuelvo a lo de antes: hay que quitar papel...
P. ¿Es partidaria de reducir las actuales garantías procesales para agilizar?
R. No, yo creo que no hay que reducirlas, pero es que hay cosas que no son garantías. Por ejemplo, que puedan recurrirse todas y cada una de las decisiones que se toman en la instrucción lo demora todo mucho y es absurdo. Hay que ver muy bien qué es lo que se puede recurrir. Y no por escrito, hacer los recursos verbales. Es que lo del papel... Hay que dejar de escribir. Si hoy día todo se graba... La justicia está ahogada en papel.
P. ¿Quiere decir limitar los recursos contra sentencias?
R. No, los recursos a sentencias no son problema, hay muy pocos. Me refiero a los recursos durante la instrucción: recurrir si el juez acuerda una prueba, si pide un documento... Esos son los que realmente envenenan. Yo dejaría por ejemplo el recurso contra la orden de prisión y alguna cosa más, y quitaría el resto.
P. ¿Hay que modificar la Constitución en lo referido a la Administración de Justicia?
R. No, yo creo que hay que desarrollarla. Por ejemplo, el desarrollo que se dio del Poder Judicial fue equivocado. El artículo 122 de la Constitución quería que el CGPJ tuviera verdadera autonomía, en aquellos años casi parecía que acabaría desapareciendo el Ministerio de Justicia porque las competencias serían del Consejo. Yo creo que el Consejo debe tener competencia en todo.
P. ¿Darle todas las competencias que tiene el ministerio?
R. Sí, sí. Y las de las comunidades autónomas. En lo referido al funcionamiento de la justicia, no en la proposición de leyes. El CGPJ debe tener su presupuesto, de él deben depender todos los medios personales...
P. ¿Y que todo eso lo decida el Consejo, sin ninguna autoridad política por encima?
R. Sí, claro. Dando cuenta al Parlamento de lo que hace. Si es que ahora el Consejo no tiene nada, y ahora con la última reforma menos. A lo que hay que ir es a más competencias del Poder Judicial.
P. ¿La Ley hipotecaria es de otro tiempo, está obsoleta?
R. Cuando se empezó a dar hipotecas en España estaban pensadas como un contrato en igualdad de condiciones, es decir, para grandes propietarios. Ahora eso es una ficción, porque la persona que compra no es propietaria, va a serlo. Esta ley se ha usado para algo que no estaba pensada. Yo creo que lo que debería haber es una ley de financiación de vivienda habitual, con el objetivo esencial del derecho a la viviendas.
P. ¿Puede un juez decidir no aplicar la ley que le obligaría a dictar un desahucio, o eso es imposible en Derecho? ¿Deberían hacerlo en este momento?
R. El Derecho siempre interpreta la norma, siempre. Muchas veces quien se lee la jurisprudencia se queda con los ojos como platos por lo mucho que discrepa de la letra de la ley. Además, lo dice el Código Civil, que la ley hay que aplicarla de conformidad con las circunstancias. En ese sentido, interpretaciones nuevas en esta materia, como en otras, son imprescindibles. La ley no dice qué es lo que hay que hacer con la persona a la que se deja en la calle, la ley guarda un silencio vergonzoso en ese punto, en absoluto de acuerdo con lo que dice la Constitución sobre el derecho a la vivienda digna. Curiosamente la ley sí dice lo que hay que hacer con los muebles de la casa que se desaloja, pero no dice qué hay que hacer con la persona. Yo creo que, ante esa laguna, los jueces no pueden dejar a la gente en la calle. Hay que tomar medidas.
P. ¿Qué propone que hagan?
R. Los jueces no trabajan aislados, sino en una sociedad con conexiones. Tiene que haber servicios sociales que garanticen que nadie se queda en la calle.
P. ¿Propone que el juez, al dictar un desahucio, lo condicione a que se dé a esa familia otro techo?
R. Claro. Puede ser dictando el aplazamiento para que no se produzca el desahucio mientras no haya un espacio social donde acoger a la persona, o forzando acuerdos con los propietarios para pagar un alquiler social...
P. Usted ha sido abogada, juez de instrucción y juez de vigilancia penitenciaria. Ha visto el proceso desde los tres puntos de vista. ¿El sistema judicial y carcelario promueve la reinserción?
R. Afortunadamente, el ser humano tiene mucha capacidad de rectificar su conducta. Que la cárcel sea el instrumento que permite la rectificación de la conducta, pues generalmente no. La mayor parte de los presos están por delitos de droga, de pequeños contrabandos... No deberían estar en la cárcel. Las penas deberían ser instrumentos para la rectificación de la conducta, no de castigo sin más. Por ejemplo, en los delitos económicos: es verdad que es importante que se devuelva el dinero, pero también es importante saber por qué se ha hecho y que la persona esté dispuesta a rectificar, que se arrepienta. Me hace gracia que se hable tanto del arrepentimiento de los presos terroristas y nada del resto.
P. ¿Defiende que se exija ese arrepentimiento legalmente a los presos por corrupción igual que a los terroristas?
R. Sí, en muchas ocasiones, sí.
P. El Código Penal español es uno de los más duros de Europa, ¿de qué es síntoma eso?
R. Se ha buscado el castigo sin reflexionar sobre para qué queremos que sirva el castigo. Por eso no tenemos un código de castigos variados, tenemos la cárcel. No habría que tener miedo a hacer sustituciones de la pena para evitar la prisión. Es una locura que el que llega a Barajas con cocaína en el estómago esté seis años en la cárcel. Sigue habiendo un abanico pequeñísimo de alternativas a la prisión, y el que hay está muy desprestigiado. Por ejemplo, haber acabado con las penas de fin de semana... era un instrumento muy interesante. O los trabajos en beneficios de la comunidad: muchos se han sustituido por multas, y la multa es muy injusta porque la puede pagar quien tiene más dinero.
P. ¿Deberían ser imprescriptibles los delitos de corrupción?
R. Yo creo que no. Vamos a dejar las normas como están y vamos a ver primero qué es lo que falla.
P. ¿Un político imputado debe dejar su cargo o eso atenta contra el principio de presunción de inocencia?
R. Los ciudadanos tenemos el derecho a la información veraz, según la Constitución. Y los políticos gestionan lo público. ¿Qué pasa si un político es imputado? Como imputado, tiene derecho a callar y no declararse culpable, pero ese derecho está en contradicción con sus obligaciones de político. Por eso, yo creo que el político que se ve imputado tiene que escoger: si quiere defenderse como imputado, tiene que abandonar la política. Porque para defenderse podría tener que mentir, y el político no puede mentir. La presunción de inocencia es otra cosa, esto tiene que ver con la relación entre ciudadanos y políticos.
P. ¿Que el yerno del Rey pueda ser procesado significa que todos somos iguales ante la ley, o que la infanta Cristina no haya sido imputada significa que no lo somos?
R. Es positivo que una persona tan influyente como el yerno del Rey esté imputada. Si la infanta Cristina no ha sido llamada a declarar supongo que tiene que ver con que es la Infanta. Probablemente cualquiera de estos días eso cambiará y la llamarán a declarar, porque están apareciendo nuevas cosas y ahora ya sería mucho más llamativo que no se la llamara. Quiero decir que es posible que haya habido una cierta actitud de no querer llamarla, muy al principio del proceso... que es llamativo que una persona por ser infanta de España no haya sido llamada a reclamar todavía. Pero yo creo que se la llamará en breve.
P. Porque sí cree usted que todos somos iguales ante la ley.
R. En teoría lo somos, y estamos más cerca que nunca de conseguirlo. En la práctica, y no solo en esos casos tan llamativos, hay muchas cosas que hacen que no seamos iguales ante la ley, fundamentalmente los medios económicos. Comparecer ante la justicia es extraordinariamente caro.
P. ¿Las tasas son excesivas o no debería haberlas en absoluto?
R. No es un problema de cuantía, yo soy contraria a que haya tasas en la Justicia.

domingo, 2 de septiembre de 2012

José María Fernández Seijo (Madrid, 1965) es magistrado en Juzgado mercantil número 3 de Barcelona.


José María Fernández Seijo (Madrid, 1965) es magistrado en Juzgado mercantil número 3 de Barcelona.
Fernández Seijo ingresó en la carrera judicial en 1991 y desde el año 2004 está destinado, como especialista en la jurisdicción mercantil en Barcelona se ocupa de procedimientos de insolvencia, procedimientos de propiedad intelectual e industrial, así como derecho societario y de competencia.
Pertenece a la asociación judicial Jueces para la Democracia.
Ha formado parte de la sección especial de la comisión de codificación para la reforma de la Ley Concursal; ha acudido en calidad de experto a las comisiones de justicia de las Cortes y del Parlament de Catalunya para informar sobre las reformas legales en materia mercantil, civil y procesal. Ha intervenido en la elaboración de informes sobre la situación de la democracia y la justicia en España y en Cataluña tanto de la Fundación Alternativas como de la Fundación Pi i Sunyer.
También ha publicado distintos trabajos y artículos de opinión en revistas especializadas y medios de comunicación sobre la judicatura, el poder judicial, la justicia de proximidad y los mecanismos para la modernización de la administración de justicia. También ha colaborado en obras colectivas sobre derecho de insolvencias, derecho de la Unión Europea civil y mercantil, derecho societario y normativa procesal.

El juez José María Fernández Seijo


Los que han tenido la ocasión de trabajar con él en relación con este tipo de causas aseguran que se trata de una persona «muy maja». El juez José María Fernández Seijo acaricia los 45 años, presta sus servicios en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona y es miembro de la ejecutiva de Jueces para la Democracia, asociación profesional con una visión progresista del servicio público de la Justicia. Los que lo conocen bien saben que es un juez de impecable criterio social. La causa que le ha supuesto más dificultad ha sido la de la quiebra de una empresa concesionaria de la autovía de Leizarán, parada en el Juzgado de Arganda de Rey, y que logró llevar a término, cuando se le nombró juez de primera instancia en la localidad madrileña. El caso se prolongó ocho años. Cree que el principal problema para desarrollar su labor profesional es la mala coordinación de las unidades judiciales. En el 2004 dictaminó el primer concurso de acreedores -suspensión de pagos- para una familia, que logró ver aplazados sus compromisos bancarios durante cinco años.

José María Fernandez SEIJO


Dos empresas chinas, Huayi y Donper, ha presentado sus ofertas para la adquisición de la catalana Cubigel por valor de 600.000 y 108 euros, respectivamente, según se ha hecho público en el Juzgado mercantil número 3 de la Ciudad de la Justicia. Huayi, la primera de las ofertas, incluye que de los 600.000 euros, un 10% se destine en compensación para los trabajadores y propone una inversión hasta 2013 de 3,5 millones en la compañía catalana especializada en la fabricación de compresores para neveras.
Asimismo, prevé asumir 386 trabajadores de los 551 actuales, de los cuales, 280 serían directos, 52 indirectos y 54 formarían parte del equipo directivo, además de contemplar una producción de 1,8 unidades por año. Esta oferta también incluye como condición una reducción del salario bruto del 15%, y si la compañía contempla nuevas contrataciones, se impondrían los antiguos trabajadores, además de pretender abrir una nueva línea de negocio a nivel europeo a través de la compañía catalana.
También acepta asumir los dos millones previstos del préstamo participativo del Fondo Financiero de Intervención Inmediata, incluido en el Plan de Actuación Industrial y Empresarial 2012-2014 de la Generalitat de Catalunya, aunque fuentes del gabinete jurídico que representa a la compañía en Barcelona ha concretado que el resto del pasivo no lo asumiría.
Por su parte, la compañía Donper ofrece adquirir la unidad productiva sin asumir la deuda de Cubigel y contempla una plantilla de 401 trabajadores de manera inicial, aunque ésta se ampliará cada año hasta alcanzar los 760. El crédito privilegiado de dos millones de euros no será asumido por la empresa china, aunque prevé aportar una financiación para los próximos cinco años de 40 millones, con una aportación inicial de 3 millones.
Tras la valoración provisional de las ofertas presentadas, fuentes del juzgado han indicado que la primera oferta ha obtenido una puntuación de 22, mientras que la segunda de las ofertas ha obtenido un 12,5, una puntuación en la que se ha valorado menos la oferta económica realizada por Donper. El martes, el juez titular, José María Fernández Seijó, anunciará a las 13.00 horas cual de las dos compañías chinas que han presentado ofertas, finalmente se adjudicará Cubigel.
Preocupación por la plantilla
El secretario y portavoz del comité de empresa, José Ramón Corrales, ha señalado que ven con más esperanza el futuro porque hay inversores, pero con preocupación por el número de trabajadores. Corrales ha indicado que la oferta de Donper deja "indefinidas" las condiciones laborales, mientras que Huayi plantea mantener la viabilidad de la fabrica con una plantilla de 386 trabajadores, insuficientes según su parecer. Hasta la fecha, y gracias al crédito de dos millones, la empresa ha podido fabricar 340.000 compresores, cuya facturación alcanza los 5,7 millones de euros, y quedan por fabricar otros 200.000, cuya facturación sería de 13.000 euros.


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martes, 7 de agosto de 2012

Suben un 30%


Las empresas y familias en concurso de acreedores crecieron el 28,6% en el segundo trimestre

elEconomista.es
6/08/2012 - 9:22
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Durante el segundo trimestre del año, el número de deudores concursados alcanzó los 2.272, la cifra más elevada desde el inicio de la crisis y que supone un aumento del 28,5% respecto al mismo periodo de 2011, según los datos publicados hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El aumento con respecto a los tres meses anteriores fue del 25,0%.
De este total, 246 se corresponden con personas físicas sin actividad empresarial, desde las 266 registradas en los tres primeros meses del año y un 12,1% menos que en el mismo periodo del año pasado.
Los 2.026 concursos restantes fueron por parte de empresas, lo que representa un repunte del 3,5% desde las 1.958 del primer trimestre y del 36,2% interanual.
Por tipo de concurso, 2.111 fueron voluntarios, el 27,1% más que hace un año y 161 necesarios, el 51,9% más. Atendiendo a la clase de procedimiento, los ordinarios aumentan un 270,6% y los abreviados un 7,3%.
Según indica el organismo estadísticoel 30,8% de las empresas concursadas tenía como actividad principal la construcción y promoción inmobiliaria, el 18,3% la industria y energía, y el 17,4%, el comercio.
Además, el 69% se encontraba en el tramo más bajo de volumen de negocio, hasta los 2 millones de euros, y son principalmente sociedades de responsabilidad limitada. En cuanto al número de asalariados, el 33,7% del total de empresas concursadas tiene entre uno y cinco asalariados.
El 87,8% de las empresas concursadas en el segundo trimestre de 2012 no pertenece a un grupo empresarial. Del resto, un 11,9% pertenece a un grupo español y un 0,3% a un grupo bajo control extranjero.