martes, 11 de mayo de 2010

Francisco Javier Arias Varona

Francisco Javier Arias Varona
Profesor Titular de Derecho Mercantil
Fac. de CC. Jurídicas y Sociales. Universidad Rey Juan Carlos
Pº de los Artilleros, s/n
28032, Madrid
Despacho 210
Tfno.: 914 887 867


franciscojavier.arias@urjc.es



TITULACIÓN ACADÉMICA
Doctor en Derecho. Universidad Complutense de Madrid. Octubre 2000
Licenciado en Derecho. Universidad Complutense de Madrid. Junio 1992.


Fco. Javier Arias Varona es Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Profesor Titular de Derecho Mercantil en la Fac. de CC. Jurídicas y Sociales, en la que desarrolla sus tareas docentes. Su actividad investigadora más relevante se ha enfocado al campo del Derecho Concursal, en el que cuenta con una monografía sobre el derecho de separación y en el que sigue trabajando. También ha trabajado en el sector del Derecho de Sociedades y en el ámbito de la contratación mercantil. Es secretario de la Revista de Derecho Concursal y Paraconcursal y colaborador permanente de la Revista de Derecho de Sociedades y de la Revista de Derecho del Transporte. Es evaluador externo de la revista electrónica e-Mercatoria, de la Universidad Externado de Bogotá, Colombia.

Rafael Quecedo: El observatorio concursal

El Observatorio
El Observatorio de Derecho Concursal nace en 2009 en medio de una crisis económica y empresarial que está poniendo a prueba la eficacia y función de la Ley Concursal.

Tiene como objetivo abrir un espacio donde recoger las ideas y experiencias de los expertos en Derecho Concursal de todos los ámbitos: jurídico, económico o sociológico. Además intentará ser una referencia en información sobre el estado de los procedimientos concursales en España.

El Observatorio está impulsado por el despacho Quecedo Abogados y es un foro abierto a todas las colaboraciones interesadas en mejorar la aplicación del Derecho Concursal en España.

Las opiniones vertidas por los colaboradores del Observatorio son responsabilidad exclusiva de los mismos. El Observatorio no se hace responsable de ellas.

Jose Martinez Carrera Gesico

Servicios que se incluyen en las tarifas Servicio Gestión de Cobros:(descargar presentación Servicios GESICO)
· Gestiones Extrajudiciales
· Gestiones Judiciales
· Informe de Investigación
· Seguimiento de Incobrables
· Ejecución de Sentencias Antiguas
· Reclamación a Promotores
· Responsabilidad del administrador


TARIFAS GESTION DE COBROS

Tarifas vigentes hasta fin de 2010 Servicio Gestión de Cobros:
ANTIGÜEDAD DE LA DEUDA % SOBRE EL IMPORTE RECOBRADO:
INFERIOR A 6 MESES 10%
ENTRE 6 MESES Y 24 MESES 15%
MÁS DE 24 MESES 20%

La antigüedad de la deuda se contabiliza desde la fecha de vencimiento del primer impagado.
Estas tarifas son de idéntica aplicación se recupere el impagado en la fase extrajudicial o en la fase judicial.
Si GESICO no logra recuperar el impagado, el cliente no paga ni un euro.
El cliente no tiene que adelantar gastos ni cuotas por gestión a GESICO.
*En la fase jurídica, si fuera necesario por ley los servicios de un profesional ajeno a GESICO (perito, procurador) sus honorarios correrán por cuenta del cliente.


MÉTODO GESICO GESTIONES FASE EXTRAJUDICIAL:

*Recibidos los datos del siniestro, GESICO inicia la gestión de cobro en 24 horas. Realizamos 15 contactos extrajudiciales con el deudor.
-Requerimientos regularización y comprobación del saldo pendiente.
-Requerimientos pago total o pacto de solución escrito en 48 horas.
-Último requerimiento mediante burofax al domicilio social.
* Resolvemos las no conformidades manifestadas por el deudor en coordinación con el cliente.
* Llevamos a cabo el proceso de negociación y viabilidad de planes de pagos, emisión de nuevos documentos de pago, hipotecas de máximos, cesión de derechos de cobro, etc.
* Si hubiere algún acuerdo, siempre es nuestro cliente quien lo autoriza y GESICO lo elabora por escrito, firmado por el deudor.
* La etapa extrajudicial la finalizamos en 7 días, salvo existan no conformidades manifestadas por el deudor, ampliándose a 15 días. * El resultado se comunica al cliente mediante mail y posteriormente puede consultar su expediente en su OFICINA VIRTUAL.


MÉTODO GESICO: INFORME DE INVESTIGACIÓN

GESICO dispone de un departamento de investigación encargado de realizar un exhaustivo informe sobre el siniestro encomendado:
- Incidencias con organismos oficiales (SS, AEAT, etc.)
- Incidencias jurídicas.
- Localización de bienes muebles e inmuebles de la mercantil.
- Presentación de cuentas, ratios de solvencia, RAI.
- Localización de los administradores de la mercantil.
- Incidencias negativas de solvencia de los administradores.
- Localización de bienes de los administradores.
- Localización de otras sociedades de los administradores, etc.

Este informe es esencial para establecer la negociación en la fase extrajudicial, así como determinante para establecer la viabilidad de una posible reclamación jurídica.

GESICO podrá incluir al deudor en el fichero de morosos ASNEF INDUSTRIAL (propiedad de Equifax Ibérica) al ser partner autorizado.


MÉTODO GESICO GESTIONES FASE JUDICIAL

- Si el informe de investigación sobre la solvencia del deudor es favorable y viable la reclamación jurídica, GESICO solicita al cliente la documentación original justificativa de la deuda.
- Elaboramos el poder para pleitos necesario para la defensa jurídica del cliente (integrando abogado y procurador) y si el cliente lo desea, gestionamos su firma con la notaría que nos indique. El cliente avisa a GESICO en cuanto tenga preparada la documentación y el poder para pleitos, y un agente en 24 horas lo recogerá de forma gratuita.
- El letrado asignado, diseña la estrategia, elabora la demanda y aprox. en 20 días presenta la reclamación jurídica en el Juzgado correspondiente, trasladándose para la celebración de Audiencia Previa, Juicio, y ejecución de la sentencia (gastos incluidos en la tarifa).
- Las novedades jurídicas las comunicamos al cliente vía mail y tiene a su disposición los documentos jurídicos en su OFICINA VIRTUAL.

*En el caso de no aportar el cliente la documentación original y el poder para pleitos necesario para la acción jurídica, GESICO no podrá continuar con la reclamación encomendada por razones ajenas a su gestión, por lo que los gastos ocasionados hasta la fecha correrían por cuenta del cliente.


MÉTODO GESICO SINIESTROS CALIFICADOS COMO INCOBRABLES

Si realizadas las gestiones extrajudiciales y elaborado el informe de investigación, éste no es favorable, GESICO se verá en la obligación de calificar el siniestro como INCOBRABLE JUDICIALMENTE.
Los gastos derivados de estas acciones las asume íntegramente GESICO.
Los siniestros calificados como INCOBRABLES pasan a nuestra base de control y seguimiento. Periódicamente, GESICO analiza de nuevo estos siniestros, y en muchos casos, a lo largo del tiempo, pasa a ser viable una reclamación jurídica, bien porque el administrador de la sociedad adquiere bienes, o la sociedad mejora su situación de solvencia. El plazo que fija la ley de 15 años para poder reclamar una deuda permite que en aquellos casos en los que los morosos profesionales se “relajan” se les pueda reclamar a lo largo de ese periodo de tiempo.
Nuestro sistema de alertas y de investigación continúa la gestión de cobros, si bien, con paciencia, casos que hoy irremediablemente son INCOBRABLES en un futuro pueden ser reclamados con garantías.


MÉTODO GESICO SENTENCIAS ANTIGUAS SIN EJECUCION

En aquellos casos en los que nuestros clientes tienen sentencias antiguas sin haber logrado su ejecución, es decir, sin haber obtenido el cobro, GESICO analiza la viabilidad de su ejecución o la posibilidad de presentar la demanda más conveniente para lograr su cobro -por ejemplo demanda contra el administrador cuando no se ha logrado cobrar de su mercantil teniendo una sentencia favorable contra ella-. En estos casos, realizamos un estudio completo y en 15 días comunicamos al cliente si existen o no posibilidades de cobro sobre su sentencia.

Si GESICO califica el informe de investigación como favorable, insta su ejecución, ya que una vez iniciada ésta no prescribe nunca. Si fuera necesaria una reclamación jurídica, sólo necesitaremos que el cliente firme un poder para pleitos y la sentencia favorable para integrarla en la demanda.

Antonio Fernandez de Garrigues La refinanciación

PROGRAMA
9:15 h. Recepción de asistentes.
9:30 h. Presentación de la jornada.
Plan Resiste: apoyo a la reestructuración
financiera de las empresas en el País Vasco.
Javier Vélez
Director General de Gestión de Capital Riesgo
SGECR, SA
9:45 h. El proceso de refinanciación:
· Actores
· Etapas e hitos críticos
· Información y documentación
· Aspectos clave
Mikel Echavarren - Irea
Consejero Delegado
Joan García - Irea
Socio Director
10:30 h. Proceso de refinanciación: seguridad jurídica
y responsabilidad de los administradores.
Planteamiento: crisis empresarial y concurso.
Refinanciación: aspectos jurídicos.
Antonio Fernández - Garrigues
Socio director del departamento de
Reestructuraciones e Insolvencias
Antonio Rego - Garrigues
Socio del departamento Mercantil
11:15 h. Coffee Break
FECHA 27 de octubre
HORARIO de 9:15h. a 13:30h.
LUGAR Palacio Euskalduna
Avda. Abandoibarra, 4 - 48011 Bilbao
INSCRIPCIONES
La asistencia es gratuita pero las plazas son limitadas y se
asignarán por riguroso orden de recepción de las inscripciones.
SRC
Tamara Pérez
E-mail: tamara.perez.lopez@garrigues.com

José Maria Fernandez Seijo

CONGRESO EUROAMERICANO DE PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJO MAGISTRADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA / «El Estado está obligado a dar solución a este grave asunto»
J. C. F. G./SANTANDER

El magistrado José María Fernández Seijo. /BRUNO MORENO
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En 2004, el magistrado Fernández Seijo dictaminó el primer concurso de acreedores (suspensión de pagos) para una familia, que consiguió ver aplazados sus compromisos bancarios durante cinco años.

-El concurso para familias ha ido en aumento desde entonces.

-Aquella de 2004 fue la primera sentencia y tuvo mucha repercusión mediática, pero en Barcelona llevamos númerosos casos de concurso. Hoy el procedimiento concursal para las familias ya se ha generalizado. En aquel primer caso el tema se solucionó gracias al convenio en que los acreedores perdonaron un treinta por ciento de la deuda y los intereses y dieron un plazo de cinco años para pagar. Eran bancos, grandes almacenes y entidades que ofrecen miles de euros con mucha facilidad a quien lo necesita.

-¿Esa condonación no es injusta para el resto de ciudadanos?

-No. Al igual que el Estado cura a un enfermo que tiene malos hábitos de salud, como un fumador, a un consumidor en una situación de endeudamiento le tiene que dar una solución. La Ley Concursal española lo contempla para empresarios y yo defiendo que también debe aplicarse a los consumidores para que ayude a salir de situaciones de crisis al buen deudor que tiene intención de pagar pero no puede por diversas causas. En el caso que a mí me compete, esa familia no podía hacer frente a sus obligaciones de pago debido a un accidente grave.

-¿El español está bien protegido ante el sobreendeudamiento?

-En términos generales el consumidor español está bien protegido, porque las leyes españolas se han hecho cuando ya se habían hecho en otros países europeos y americanos. En materia de sobreendeudamiento no tenemos normas en España pero, probablemente, será una de las previsiones de la próxima legislatura, porque hay un problema muy grande, social y económico, con el sobreendeudamiento de las familias y el legislador debe dar una solución a este tema, debe anticiparse, o la crisis que se puede avecinar en la sociedad será tremenda. La próxima crisis no nos puede coger sin una buena ley.

-¿Y la educación para que el consumidor sea consciente?

-Pero no es sólo eso, porque si el consumidor deja de pagar sus créditos la siguiente crisis no será de los consumidores, sino de las entidades financieras. Los impagados de los consumidores harán que los bancos nos lo hagan pagar al resto de consumidores subiendo el precio del dinero que nos prestan.
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domingo, 2 de mayo de 2010

Restructuraciones,S.A.

Están de moda. Ellos son los ejecutivos del momento y sus compañías las únicas que hacen el agosto en plena crisis. Tienen dedicación exclusiva y unos honorarios muy elevados, pero sus servicios especiales pueden resultar vitales para resucitar una empresa en apuros o para garantizar a los acreedores que sus créditos serán recuperados en la mayor cuantía posible. Hablamos de Reestructuradores S.A., cuando el negocio es evitar la quiebra o ejecutar una demolición ordenada.

Aunque siempre se mueven bajo un deliberado perfil bajo, Hollywood ha convertido a uno de estos ejecutivos anónimos en protagonista de uno de sus últimos films. El encargado de dar vida al chief restructuring officer (CRO) es nada menos que George Clooney, que se presenta a si mismo como una persona que trabaja “para una empresa que alquila mis servicios a unos cobardes que no se atreven a echar a sus propios empleados”, explica con aplomo. “Y con razón, la gente se vuelve loca cuando la despiden”.

Al ritmo de los ciclos económicos, las empresas dedicadas a estos servicios especiales adquieren su cota de protagonismo en los momentos más pronunciados de la crisis, “cuando ya suele ser demasiado tarde para arreglar las cosas”, según explica el ejecutivo de una de estas firmas. Normalmente, su oportunidad llega de la mano de inversores, como las firmas de capital riesgo, cuando alguna de sus operaciones pasa por apuros y tiene problemas para cumplir sus obligaciones con los bancos.

En otras ocasiones, son los propios bancos los que llaman a su puerta para evitar que alguno de sus acreedores se declare en quiebra. Otras veces, son los accionistas o el consejo de administración los que optan por poner en manos de un reestructurador el rumbo de su compañía. Y siempre, como denominador común, para actuaciones de urgencia, donde se combinan en menos de ocho semanas trabajos de auditoría, negociaciones con proveedores y plantilla y un control férreo sobre los gastos.

Sin el aire seductor de Clooney, pero con porte de Wall Street, visitó España el responsable de una de las firmas internacionales más importantes en este negocio. Toni Álvarez III presentó en Madrid la puesta de largo de su compañía. En realidad, no era más que un acto de marketing para dar visibilidad a su consultora, contratada para gestionar la liquidación del gigante financiero Lehman Brothers, que ya ha trabajado puntualmente en la Península desde comienzos de 2000 con pequeños equipos.

Igual que Alvarez & Marsal, otras firmas internacionales ven ahora en suelo español su momento para hacer negocio. Es el caso de American Appraisal, firma especializada en valoraciones independientes con seis oficinas en toda España donde Ernesto Ollero y Fernando Ramírez de Verger despachan los servicios de valoración, consultoría en transacciones y asesoramiento en real estate, y David Jiménez-Ayala encabeza el área de restructuring, recovery y due diligence.

Entre las firmas genuinamente españolas, dos de las más señeras dedicadas al mercado de la reestructuración son Noraction y Gila & Co. La primera, con sede en el País Vasco, es una de las patas de negocio de la boutique financiera Norgestion, que entre su paleta de servicios ha incluido siempre la gestión temporal de empresas, es decir, el diseño de planes de viabilidad, reflotamientos y diagnósticos de urgencia. En conjunto, trabajo quirúrgico para dar la vuelta a compañías que han perdido el norte.

No es habitual verles en acción i ponerles cara. Gila & Co lleva casi quince años dedicada a reflotar empresas, el trabajo que nadie aspira a realizar cuando termina de hacer un MBA. Carlos Gila y Juan Calvera son los dos socios que forman parte del reducido equipo especializado en resolver problemas, como los que han estado a punto de acabar con La Seda de Barcelona o como los que han obligado a implementar un plan de ajuste en Unidad Editorial. Nadie oyó hablar de ellos.

En ocasiones, los tiempos difíciles también son caldo de cultivo para que irrumpan en escena inversores en busca de fortuna. En realidad, tienen poco de inversores y mucho de oportunistas en busca de notoriedad pública. Suelen aparecer con el cebo de reflotar una compañía en problemas, pero en ningún momento enseñan el cheque salvador con los fondos esperados. Al contrario, suelen aludir a remotos inversores internacionales, normalmente árabes, dispuestos a fiarles su dinero para invertir en España.

¿Les suena de algo? En los últimos meses, desconocidos emprendedores, sin ningún pasado solvente que avale su candidatura, han llamado a la puerta de empresas en la cuerda floja, como la antigua Sos Cuétara, Air Comet o Fincas Corral. Como recordaba recientemente un ilustrativo artículo de El País, algunos de estos personajes, como Josep Ricola o Joan Batalla aparecen al calor que dejan las compañías en problemas. Ellos buscan los focos de los medios, los reestructuradores no. Se parecen, pero no son lo mismo.